miércoles, 8 de julio de 2015

Los "hidalgos de bragueta"...y el fomento de la natalidad


El nombre resulta al menos curioso, si: “de bragueta” y es que mucho tenía que ver con los que la “aflojaban” muy a menudo, ...por no ser más explícitos.

La nobleza de sangre nunca estuvo de acuerdo con este tipo de privilegios (básicamente, exención de pechos) para los llamados "irónicamente" hidalgos de bragueta, similares a los que gozaban los verdaderos hidalgos; por esto, a los sumamente procreadores les denominaban despectivamente “hidalgos de bragueta”. No hay constancia de sentencia alguna, por las Chancillerías de Valladolid o de Granada, otorgando la hidalguía asociada al privilegio, por lo que aunque se les denomine "hidalgos" no quiere decir que lo fuesen, sino que se asimilaban a ellos en base a ciertos privilegios, como los que éstos gozaban.


El término “hidalgo” no es homogéneo y presenta gran diversidad. En teoría, el hidalgo es por definición una persona noble y distinguida, que ocupa la posición más baja entre la nobleza. Al principio, sobre todo en Aragón, aunque algo también en Castilla y León, se les llamaba “infanzones” o “hidalgos infanzones”, un término que luego fue cayendo en desuso.

Alfonso X El Sabio hace mención de ellos en Las Partidas: es "la nobleza que viene a los hombres por su linaje", sólo pudiéndose transmitir entre varones, por lo que las mujeres quedaban excluidas de tal distinción.

Algunos llegaron a la categoría de hidalgos gracias a la Reconquista y fueron recompensados con una serie de privilegios, entre ellos el de “no pechar”, es decir el de no pagar impuestos a la Corona. Otras de las prebendas que podían alcanzar era la de no poder ser sometido a tormento, ni encarcelado por deudas, así como evitar ser ahorcados en caso de ser castigados con la pena capital, sustituyendo esa condena típica de gente de baja condición por la de decapitación.

Caballeros durante la Reconquista
Sin embargo, a pesar de la aparente situación de privilegio, se podía ser hidalgo y a su vez pobre o casi pobre, con pocos bienes. No todos nadaban en la abundancia. Mientras algunos vivían de sus tierras y rentas, otros tenían que recurrir a alistarse en el ejército y a otros, sin ser verdaderos hidalgos, se les denominaba “hidalgos de bragueta” que consistía en estar en situación de poder demostrar el haber engendrado siete hijos varones seguidos en legítimo matrimonio (eso dio lugar a sospechas de que algunos ocultaban a sus hijas para reconocer únicamente a sus hijos varones), El papel de la mujer en estos casos era muy instrumentalizado ya que eran sometidas a partos continuos, que dado el nivel  sanitario de la época  acababa costándoles  la vida en muchos casos; por eso existían muchos hombres casados en segundas y terceras nupcias. Esta mentalidad se refleja en  el cruel refrán:

"además de pasar mala noche,

parí una hija....."

Con ello la Chancillería le extendía el correspondiente documento, aunque el afortunado que se iba a librar del fisco fuera pobre y totalmente analfabeto. Venía a ser una especie de premio a la natalidad de aquellos tiempos. Y, sobre todo, una manera de disponer de soldados para las continuas batallas que se libraba entonces, lo que explica el elevado número de hidalgos en la España del siglo XVIII (El censo de 1.787 contaba en España con 722.794 hidalgos en una población de 9.307.804, o lo que es lo mismo, un 7,7 % del total).



La condición de hidalgo llevaba aparejados ciertos deberes y privilegios. Era su obligación mantener caballo y armas, así como recibir periódicamente preparación militar, a fin de acudir a la guerra en el momento en el que el Rey le llamase. Como contrapartida, entre otros privilegios, estaba exento de pago de ciertos tributos. El contenido de los deberes y obligaciones de los hidalgos en España fue variando a lo largo de los siglos. Sus pleitos se dirimían ante el alcalde de los hijosdalgo que existía en cada uno de los ayuntamientos españoles donde se diese la división de estados (la mayoría) y en segunda instancia, en las Salas de los Hijosdalgo de las Reales Chancillerías de Valladolid y Granada, la Real Audiencia de Oviedo y otros tribunales. Con el paso del tiempo se fue transforma2ndo su régimen jurídico hasta la completa abolición de sus privilegios con el advenimiento del liberalismo en el primer tercio del siglo XIX. Esto, no obstante, no supuso la abolición de la nobleza.

Me permito reproducir a continuación el texto publicado en el FB Archivo de la Real Chancillería de Granada, por cuanto complementa muy bien lo expuesto anteriormente.

Tradicionalmente y desde el punto de vista doméstico, la familia numerosa era garantía de seguridad y bienestar para el clan y el individuo, por la estrecha relación entre familia y economía. Las medidas de fomento a la natalidad comenzaban con la protección al matrimonio: una pragmática de Felipe IV de 1623, «manda guardar al estado del matrimonio los privilegios en ella contenidos» que además se ampliaron con la exención de todas las cargas concejiles, cobranzas, huéspedes, soldados, y otros, durante los cuatro primeros años del matrimonio; «i assimismo a los que tuvieren seis hijos varones vivos, sea libre por toda su vida de dichas cargas, i oficios concejiles, i aunque falte alguno de los hijos se continúe el privilegio».



Existía un privilegio aún mayor: el de padre de doce hijos, incluyendo varones, mujeres e hijos del primogénito que convivieran con el abuelo. Para ellos se contemplaba la exención adicional del «catastro», un impuesto que gravaba el trabajo personal y la producción agrícola manufacturera.



El privilegio de padre de seis o doce hijos se solicitaba al Consejo de Castilla, que ordenaba su pase al fiscal, el cual pedía información a la Real Audiencia y Chancillería, para que resolviera favorablemente. Eran por tanto las audiencias las que expedían las provisiones hasta 1727 cuando se encargan a los Intendentes: «sea como fuere o bien se libren los tales despachos a favor de los padres … por la Audiencia, por la Intendencia o por el vuestro Consejo, siempre serán muy útil y conveniente establecer su práctica».




Otra modalidad de exención de impuestos en función de la natalidad era la «hidalguía de bragueta» que se conseguía procreando siete hijos varones consecutivos vivos. Su origen está en la necesidad de disponer de soldados para las continuas guerras que mantiene la Corona de España o de librarse de la pesada carga de los tributos, impuestos y pagos. Considerada, por algunos historiadores, como hidalguía de privilegio, la gozaba el padre y toda su familia en vida de éste; pero al fallecer el padre parece que debía decaer..


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